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El Tribunal Supremo de los Estados Unidos prohíbe la discriminación en el trabajo por razón de orientación sexual e identidad de género

A partir del 15 de junio de 2020, la ley federal de los Estados Unidos protege a personas LGBTQ+ contra la discriminación en el lugar del trabajo basada en su orientación sexual e identidad de género. 

El Tribunal Supremo de los Estados Unidos decidió el pasado 15 de junio de 2020, que la orientación sexual y la identidad de género están protegidas bajo la Ley de Derechos Civiles de 1964. Esta decisión representa una gran victoria para la comunidad LGBTQ+; significa que ningún empleador en los Estados Unidos puede discriminar o acosar a una persona por ser LGBTQ+.

La discriminación puede tomar muchas formas. “Discriminar” significa tratar diferente a una persona o grupo de personas según ciertas características: su sexo, raza, color, origen nacional, embarazo, religión, edad, orientación sexual e identidad de género. En el trabajo, ahora es ilegal que una empresa, supervisor o supervisora tome acciones discriminatorias en contra de las personas trabajadoras por motivo de orientación sexual e identidad de género. Estas acciones pueden incluir, por ejemplo: despedirlas, negarles un trabajo o algún beneficio del trabajo, asignarles peores puestos, darles menos horas, pagarles un salario menor o crear un ambiente de trabajo hostil. 

Con la nueva decisión del Tribunal Supremo, las personas LGBTQ+ están protegidas contra cualquier acción del empleador que les coloque en una posición en desventaja en comparación con las y los trabajadores heterosexuales y cisgéneros. 

Celebramos la fuerza de las personas demandantes que llevaron esta lucha hasta el Tribunal Supremo: Aimee Stephens, Donald Zarda, y Gerald Lynn Bostock. Su victoria es compartida con todas y todos los trabajadores LGBTQ+ en los Estados Unidos. Puedes consultar más información sobre los casos y esta decisión aquí.  

Nos emociona mucho decir que, el día de hoy, todas las personas trabajadoras migrantes están protegidas contra la discriminación y el acoso, sin importar su estatus migratorio. 

Si estás enfrentando discriminación o acoso en el lugar de trabajo, generalmente tienes 180 días calendarios para hacer una queja. Puedes llamar a la Comisión para la Igualdad de Oportunidades en el Empleo de los Estados Unidos (EEOC, por sus siglas en inglés) al 1-800-669-4000, también puedes encontrar información de contacto de la oficina local de EEOC aquí

Nota: La EEOC no acepta cargos de discriminación por teléfono, pero pueden ayudarte a iniciar el proceso de quejas. Es importante que sepas que esta Ley sólo aplica a empleadores con 15 o más empleados. 

Si algún compañero(a) de trabajo está enfrentando discriminación o acoso en el trabajo, es importante que seas buena persona aliada y compartas esta información. 

Este blog es parte de nuestra nueva serie para ampliar las voces de las personas LGBTQ+ y visibilizar su lucha, además de asegurar que nuestros espacios sean inclusivos para todas las personas trabajadoras migrantes. 

¿Cómo puedes participar?:

● Síguenos para aprender más sobre la diversidad de género, qué son los derechos laborales de personas LGBTQ, cómo ser aliado o aliada en esta lucha, y más. La unidad entre personas trabajadoras diversas es más importante que nunca, y también lo es la solidaridad de personas como tú.  

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Si eres una persona LGBTQ+ y tiene preguntas acerca de tus derechos laborales, comunícate con el Centro de los Derechos del Migrante, Inc. (CDM); toda asesoría es gratuita y confidencial. 

Llamada gratuita desde México: 01.800.590.1773 

Llamada gratuita desde EEUU: 1.855.234.9699 

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